SuperSociedades aclaró que podrán ser afiliados quienes cumplan los siguientes requisitos: lleven mínimo dos (2) años consecutivos de matriculados en una Cámara de Comercio, hayan ejercido la actividad mercantil durante esos dos (2) años y hayan cumplido en forma permanente sus obligaciones derivadas de la calidad de comerciante, incluida la renovación oportuna de la matrícula mercantil en cada período. Para ser afiliado o conservar dicha calidad, debe acreditarse que la persona natural o jurídica no se encuentra incursa en alguna de las condiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 1727 de 2014. Las personas naturales o jurídicas podrán solicitar a la cámara de comercio su afiliación, declarando que cumplen con la totalidad de los requisitos señalados en la ley y las demás normas correspondientes. La cámara de comercio deberá verificar el cumplimiento de los requisitos para ser afiliado, de conformidad con el procedimiento establecido en el respectivo reglamento de afiliados.