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Corte ordenó a la Unidad Nacional de Protección realizar una nueva evaluación respecto de las condiciones de riesgo que afronta un periodista a quien se le retiró el esquema de seguridad

Escrito por  Mar 26, 2024

A través de la sentencia T-038-24, la Corte Constitucional “recordó que al momento de verificar las condiciones de seguridad de  un periodista, las autoridades encargadas se encuentran en el deber de evaluar  de manera diligente el riesgo en cada caso teniendo en cuenta las  circunstancias que implican ejercer su labor. El accionante es beneficiario de medidas de protección desde 2013. Sin  embargo, en el expediente reposa que el comunicador presentó una nueva denuncia de amenaza que no se tuvo en cuenta cuando se le retiró  el esquema de seguridad”.

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Modificado por última vez en Lunes, 25 Marzo 2024 14:33