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No se desconoce el derecho a la igualdad en el ámbito penitenciario, acceder al permiso de hasta 72 horas a personas que hayan cumplido al menos el 70% de la pena, tratándose de delitos de competencia de jueces penales del circuito especializado

Escrito por  Feb 01, 2024

La decisión la adoptó la Corte el pasado 23 de febrero de 2023, pero el texto del fallo fue dado a conocer recientemente. “La Sala procedió a plantear como problema jurídico si la norma demandada, al exigir a las personas condenadas, por delitos de competencia de los jueces penales del circuito especializado, haber cumplido al menos el 70% de la pena, para poder acceder al beneficio administrativo de permiso por hasta 72 horas, a diferencia de lo exigido a las demás personas condenadas por delitos de competencia de otros jueces, a quienes se les exige haber cumplido con un tercio de la pena, vulneraba o no el derecho de igualdad”.

La Corte concluyó que, “si bien restringe el acceso al beneficio administrativo de hasta 72 horas de manera diferenciada, al disponer una proporción más extensa de cumplimiento de la pena para acceder a él, no lo suprime de manera definitiva ni impide que estas personas puedan acceder a él cuando cumplan con el requisito objetivo exigido por la norma”.

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