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Consejo de Estado ordenó al Gobierno reglamentar el registro nacional de Zonas Forestales

Escrito por  Sep 22, 2023

La parte demandante pretende el cumplimiento del artículo 31 de la Ley 2169 de 2021 para que se reglamente el Registro Nacional de Zonas Deforestadas. El a quo estimó que si bien se han adelantado varias actuaciones para la reglamentación de la misma (artículo 31 de la Ley 2169 de 2021), en lo referente al Registro Nacional de Zonas Deforestadas, esta no se ha llevado a cabo, razón por la que accedió parcialmente a las pretensiones y ordenó al Gobierno nacional conformado por el ministro de Ambiente y al presidente de la República que reglamentaran la citada disposición, en un término de un mes contado a partir de la ejecutoria de la providencia.

La Sala confirmó parcialmente la decisión del Tribunal del 24 de abril de 2023, que dispuso (i) declarar la falta de legitimación en la causa por pasiva del director del DAPRE; negar la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva del presidente de la República; declarar el incumplimiento del artículo 31 de la Ley 2169 de 2021, por lo que ordenó al Gobierno nacional, integrado por el presidente de la República y el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible; y se modificará el numeral cuarto de la parte resolutiva, para otorgar un plazo de tres meses contados a partir de la ejecutoria de esta providencia.

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