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La ANLA y MinAmbiente no vulneraron derechos al declarar improcedentes los recursos que negaron la solicitud de audiencia pública, relacionada con la licencia ambiental para la restauración de la Estación de Guardacostas en La Isla Gorgona

Escrito por  Sep 21, 2023

En este caso, la ANLA, en cumplimiento del artículo 2.2.2.4.1.5. del Decreto 1076 de 2015, que establece los requisitos de la solicitud de audiencia pública ambiental, indicó en primer lugar que si bien, la celebración de esta puede ser solicitada por tres entidades sin ánimo de lucro, en este caso no fueron aportados los certificados de constitución y representación legal de la Fundación Biodiversidad, la Veeduría Santiago de Cali “Álvaro Lemos Barrote”, la Corporación Ekoinc, y Urbanidad Nativa, congregados en el Círculo de Pensamiento Ambiental.

En segundo lugar, por tratarse de un proyecto en etapa de seguimiento o ejecución, para que proceda la audiencia pública ambiental, como requisito indispensable, debe ser manifiesta la violación de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones bajo los cuales se otorgó la licencia ambiental, respecto a los cuales la ANLA consideró que la petición de la parte actora no identificó de manera clara y precisa los elementos facticos que lleven a determinar la “manifiesta violación de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones bajo los cuales se otorgó la licencia ambiental”.

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Modificado por última vez en Jueves, 21 Septiembre 2023 00:48