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No es admisible que un prestador persiga a un propietario o usuario de un bien privado, por mora en el pago de servicios públicos suministrados en áreas comunes: SSPD

Escrito por  Ago 30, 2023

Se concluye que “no es admisible que un prestador persiga a un propietario o usuario de un bien privado, por la mora en el pago de los servicios públicos suministrados en las áreas comunes, ya que como se indicó, se trata de dos personas diferentes, que deben responder de manera independiente por sus obligaciones, ya que además, son suscriptores de contratos de servicios públicos diferentes. Lo anterior, sin perjuicio de que sea la misma copropiedad, la que desarrolle este tipo de acciones frente a tales copropietarios, en el evento de que así lo requiera”.

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