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“En un contrato sometido al derecho privado, las partes pueden acordar someter el negocio jurídico a una etapa posterior de legalización, lo cual cobra aún más sentido cuando se advierte que éste se ejecutaría con recursos públicos”: CE

Escrito por  Mar 01, 2022

El actor solicitó declarar la existencia de un contrato de obra pública que habría celebrado con el Municipio. De igual manera, solicitó declarar que el Municipio incumplió el contrato y condenarlo a indemnizar los perjuicios.

El Consejo de Estado negó el incumplimiento de un contrato que suscribió el municipio de Ciénaga, cuyo objeto era realizar la obra de mitigación de emergencia para disminuir el avance de la erosión costera en el sector del Malecón, en el municipio. “Legalización que deberá ser cumplida en los precisos términos por ellas pactados, pues su cumplimiento guarda relación directa con lo que las partes acuerden; no obstante, en el expediente no reposan los elementos que permitan identificar y verificar el cumplimiento de la forma en la que se debía efectuar dicha legalización”.

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