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Consejo de Estado declaró la caducidad del término para formular demanda contra un acto del Incora que adjudicó unos predios ubicados en el municipio de Colón (Putumayo), al cabildo Indígena de Colón-Valle de Sibundoy

Escrito por  Feb 25, 2022

Con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, la Sala indicó que “como se probó que el acto acusado se inscribió en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa el 15 de junio de 1982, de conformidad con el artículo 13 del Decreto 389 de 1974, el término de caducidad debe contarse a partir del día siguiente a esa fecha.

De manera que, el término de 2 años empezó a correr el 16 de junio de 1982 y vencía el 16 de junio de 1984. Como la demanda se presentó el 30 de octubre de 2006, operó el fenómeno preclusivo de la caducidad y, por ello, se confirmó la sentencia apelada.” La demandante buscaba la nulidad de esa adjudicación y la cancelación de la inscripción de ese acto en el registro público de instrumentos, pues afirma que está viciado por falsa motivación.

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Modificado por última vez en Viernes, 25 Febrero 2022 11:25