De manera que, el término de 2 años empezó a correr el 16 de junio de 1982 y vencía el 16 de junio de 1984. Como la demanda se presentó el 30 de octubre de 2006, operó el fenómeno preclusivo de la caducidad y, por ello, se confirmó la sentencia apelada.” La demandante buscaba la nulidad de esa adjudicación y la cancelación de la inscripción de ese acto en el registro público de instrumentos, pues afirma que está viciado por falsa motivación.