Se demandó la nulidad de actos contractuales por medio de los cuales se impuso multa al contratista porque el contrato fue cedido antes de que se decidiera el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución; “la decisión del caso impone definir si la finalidad conminatoria de las multas se cumple con su imposición o, si para ello es preciso que se resuelvan los recursos
mientras el contrato esté vigente. La Sala confirmó la decisión del tribunal porque está probado que la multa cuestionada se impuso al contratista, mientras este fungía como parte y el contrato estaba en ejecución; la cesión del contrato a la sociedad Explanan SA tuvo lugar en forma posterior a la imposición de la multa, por lo que no afectó la competencia de la demandada para imponerla”.
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