Se anula el acto que declaró la caducidad porque, aunque era posible pactarla en un contrato de prestación de servicios, debía decretarse mientras no se hubiera terminado el contrato. Se anulan los actos de liquidación de los contratos porque el IDEA determinó en ellos los perjuicios sufridos por el incumplimiento del contratista. Se niegan las pretensiones de la demanda principal relativas al incumplimiento contractual y se accede a las peticiones de la demanda de reconvención porque está demostrado que Baan incumplió sus obligaciones”.