Si como resultado de la inspección física se genera Aviso Nacional de Interceptación de Cargamentos de Material Vegetal (Forma 3-702) de VME usados por presencia de los elementos contaminantes enunciados en el numeral 4.1 de la resolución 24690 de 2018, el importador podrá solicitar ante el Grupo Nacional de Cuarentena Vegetal (GNCV) de la Subgerencia de Protección Fronteriza (SPF), la autorización de la aplicación de una acción fitosanitaria consistente en la limpieza, desinfección y disposición final de residuos, que mitigue el riesgo de ingreso de plagas potencialmente peligrosas, dentro de los 5 días siguientes a la notificación del aviso de interceptación. Si trascurrido este tiempo no se ha interpuesto recurso alguno por parte del importador o su representante, se entenderá que desiste de esta acción y se procederá ejecutar la orden de reembarque. Otras consideraciones las puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.