informando la fecha probable del embarque y relacionando en formato establecido por el ICA, la siguiente información: Nombre de los predios de procedencia de los animales, ubicación, Propietario, cantidad de animales a exportar procedentes por predio, relación de la numeración de las chapetas correspondiente al grupo de animales a exportar de acuerdo al serial asignado por exportador y relación de los números de las Guías Sanitarias de Movilización Interna (GSMI) en los casos que los animales ingresen de otros predios.
Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos y la veracidad de la información enviada, el ICA, autorizará al exportador a realizar en el SISPAP “Sistema de información Sanitaria para la Importación y Exportación de productos Agrícolas y Pecuarios”, la solicitud del Certificado Zoosanitario de Exportación CZE, el cual se aprobará previa verificación del permiso de importación emitido por la Autoridad Sanitaria del País de destino, en los casos que sea requerido. Los comentarios sobre este proyecto serán recibidos hasta el 21 de octubre a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.