Las pruebas de tuberculina solo podrán ser realizadas por Médicos Veterinarios o Médicos Veterinarios Zootecnistas del ICA, o adscritos a Organismos de Inspección Autorizados por el Instituto Colombiano Agropecuario para el Programa Nacional de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina, reservándose el ICA el derecho de repetir las pruebas de tuberculina cuando lo considere necesario. Por otra parte, se establece que, La certificación de predio libre de Tuberculosis bovina es de carácter voluntario o cuando el ICA así lo determine con el propósito de establecer medidas sanitarias especiales en algunas zonas con fines de prevenir y controlar la enfermedad en el país. Los comentarios sobre el proyecto se recibirán hasta el 7 de septiembre a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.