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SSPD se pronuncia sobre el uso de correo electrónicos para notificar a usuarios decisiones expedidas por las empresas prestadoras

Escrito por  Oct 14, 2020

Las notificaciones de las decisiones expedidas por los prestadores de servicios públicos domiciliarios, se deberán realizar en la forma prevista por la Ley 1437 de 2011, por lo tanto, no puede ser un procedimiento discrecional de los prestadores de servicios públicos domiciliarios. Dicha ley eliminó el uso del correo certificado para el envío de la citación para notificación personal, abriendo la posibilidad a otras formas de envío diferentes al correo certificado.

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Modificado por última vez en Martes, 20 Octubre 2020 15:07