productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos o imitadores y los dispositivos necesarios para su funcionamiento; así como la creación de programas de salud y educación tendientes a contribuir a la disminución de su consumo, abandono de la dependencia del consumidor de productos de tabaco, sucedáneos o imitadores y se establecen las sanciones correspondientes a quienes contravengan las disposiciones de esta Ley.