La Corporación reitera la posición adoptada por la Sección en providencias del 14 de agosto, 2 y 16 de octubre de 2019 y 12 de febrero de 2020, en las que se concluyó que el transporte de valores corresponde a un servicio de vigilancia, al cual se aplica la tarifa de 13.8 por mil. Para la Sala, el artículo 53 del Decreto 352 de 2002
“El artículo 746 del Estatuto Tributario, dice que los hechos consignados en las declaraciones tributarias se presumen ciertos, siempre que sobre ellos la Autoridad Tributaria no haya exigido una comprobación especial o la ley la exija”. Para la Sala, dicha presunción de veracidad se mantiene hasta que la Administración exige la comprobación de los rubros contenidos
La Corte Constitucional declara exequible el Decreto Legislativo 798 de 2020, “Por el cual se adoptan medidas para el sector minero-energético en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Para la Sala, todas las medidas que trata el decreto cumplen con los criterios de finalidad, conexidad material, motivación suficiente, ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, no contradicción específica, incompatibilidad, necesidad, proporcionalidad y de no discriminación.
La alta Corte concluyó que “Las cotizaciones voluntarias que efectúen los trabajadores y afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones dentro del régimen de ahorro individual con solidaridad a partir del 1° de enero de 2017 y los aportes voluntarios a fondos de pensiones obligatorios se consideran renta exenta en vigencia de la Ley 1819 de 2016”.