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Miércoles, 16 Septiembre 2026

Edición 1723 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Las causales del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 aplican a los «[…] los Procesos de Contratación realizados con cargo a recursos públicos, los Procesos de Contratación realizados por las Entidades Estatales indistintamente de su régimen de contratación, así como los celebrados por los Procesos de Contratación de los patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales […]», sin distinguir entre modalidades de selección.

La parte demandante “solicitó que se declarara la nulidad absoluta, total o parcial, del contrato por abuso o desviación de poder como consecuencia de que la entidad modificó, sin que él lo notara, la minuta del contrato comparada con la minuta publicada como anexo del pliego. Adicionalmente, solicitó que se declarara que los supuestos en que se fundó el modelo contractual no se

“El municipio de Montería y la empresa Aseo Total S.A. E.S.P. suscribieron un contrato para que esta última prestara el servicio público domiciliario de aseo. El municipio indebidamente autorizó la cesión del contrato y sacó al contratista del negocio y le impidió obtener las ganancias derivadas de la ejecución del contrato hasta su terminación. Además, a pesar de que se pactó una

La Central de Loterías las Américas y Cía. S. en C. presentó demanda en ejercicio de la acción contractual en contra de la Lotería La Nueve Millonaria de la Nueva Colombia Ltda., en la que solicitó que se declarara que la sociedad demandada incumplió el contrato que ambas partes celebraron para la distribución y venta de los billetes de lotería de la primera,

A través del concepto quedó dispuesto que, si en un procedimiento de selección se presenta una persona jurídica o proponente plural en los que la participación mayoritaria en las utilidades es de las mujeres cabeza de familia o mujeres víctimas de la violencia intrafamiliar, se prefiere a este sobre los demás oferentes.