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Miércoles, 09 Septiembre 2026

Edición 1717 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Todos los detalles, incluyendo requisitos y fechas, están disponibles en regalias.minambiente.gov.co. El Ministerio de Ambiente ha lanzado el Plan de Convocatorias 2025-2026, destinando $423.000 millones de regalías para proyectos ambientales en todo el país. El objetivo es fortalecer la conservación de áreas estratégicas, reducir la deforestación, restaurar ecosistemas, impulsar economías de la naturaleza y mejorar la gobernanza ambiental. Los fondos se dividen en tres convocatorias: una general ($296.202 millones) para entidades públicas y dos específicas ($63.472 millones cada una) para pueblos indígenas y comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. Los proyectos deben enmarcarse en áreas como restauración participativa, Pagos por Servicios Ambientales y economías de la naturaleza.

Las Gerencias Departamentales de la CGR, que incluyen Gerentes y Contralores Provinciales (de planta permanente y temporal), son competentes en la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR). Su rol abarca el conocimiento, trámite y decisión de indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal. Los Contralores Provinciales de Regalías se encargan específicamente de asuntos SGR en su jurisdicción. Si la planta temporal de regalías cesa o se reduce, los directivos de la planta permanente de la CGR asumen estas competencias para garantizar la continuidad del control fiscal.

El Consejo de Estado analizó la liquidación judicial de contratos no sometidos al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP), en el marco del contrato de obra celebrado entre Ecopetrol S.A. y Aislaterm S.A. para la construcción liviana de edificaciones no industriales. Se estableció que, al regirse este contrato por derecho privado según el artículo 6º de la Ley 1118 de 2006, no es aplicable la obligación legal de agotar una etapa de liquidación prevista para contratos bajo EGCAP. Así, la liquidación judicial procede solo si el contrato contiene cláusula expresa de liquidación y existe controversia concreta sobre el cumplimiento contractual. El Consejo declaró que Ecopetrol no incumplió el contrato, confirmó la improcedencia de la excepción de compensación y ordenó la liquidación judicial, reconociendo un saldo a favor de Aislaterm por obras recibidas a satisfacción.

De acuerdo con el análisis de la Superservicios, la obligación de construir una caja de aforo para desagües de aguas residuales no domésticas (ARND) en un predio depende del cumplimiento de requisitos técnicos y legales. De acuerdo con el numeral 4 del artículo 144 del Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS, Resolución MVCT 330 de 2017), el prestador puede exigir una caja de inspección (aforo) como punto de control para monitorear volúmenes y características de vertimientos, sobre todo para usuarios comerciales, industriales, oficiales y especiales que generan ARND. Sin embargo, si el inmueble no genera aguas residuales no domésticas, no estaría obligado a instalar dicha caja. Además, la conexión al servicio de alcantarillado requiere que el inmueble y solicitante cumplan requisitos técnicos y jurídico.

El Ministerio de Ambiente explica que, conforme al Decreto 1076 de 2015 y la Resolución 627 de 2006, los laboratorios que realicen mediciones cuantitativas de ruido ambiental requeridas para verificar el cumplimiento de los límites establecidos deben poseer certificación de acreditación otorgada por el IDEAM. Esta acreditación garantiza la validez metodológica y la confiabilidad de los datos presentados ante las autoridades ambientales; no se refiere a laboratorios que generen o produzcan ruido, sino a aquellos que analizan y reportan niveles de ruido ambiental.