La CREG clarificó el estatus de las líneas de transmisión a 220 kV que son construidas y operadas por privados para conectar sus proyectos a la red nacional. Ante la consulta sobre si estas infraestructuras de uso exclusivo forman parte del Sistema de Transmisión Nacional (STN), el regulador precisó que, a pesar de su nivel de tensión, no se consideran elementos del STN. La CREG explica que son "Activos de Conexión", diseñados para la vinculación física de un usuario, y su integración al sistema no depende solo del voltaje, sino de su función y uso particular. Esto los diferencia de los "Activos de Uso", que prestan servicio a todos los integrantes del sistema y se remuneran mediante cargos generales, mientras que los activos de conexión se financian por contrato entre el propietario y el usuario específico.