La Sala advirtió que en el presente caso, “la actora instauró una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del CPACA, no una acción de revisión agraria, que es un mecanismo o herramienta jurisdiccional totalmente diferente y es
“El artículo 675 del Código Civil se refiere a los bienes baldíos así: «Son bienes de la unión todas las tierras que estando situadas dentro de los límites territoriales carecen de otro dueño». La denominación genérica de bienes públicos establecida en la legislación civil como
“La Corte Constitucional le ordenó al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) que suspenda, de manera inmediata, la comercialización de productos químicos agropecuarios con el componente activo clorpirifós (CPF). La entidad tendrá seis meses para eliminar, de forma
Se acusó al ICA de haber incurrido en falla del servicio, por omisión, al haberse negado, sin justa causa, a expedir la autorización respectiva para el ingreso al país de un cargamento de arroz de la sociedad demandante. Para la Sala, la acción mediante la cual debieron elevarse
El proceso de liquidación de CENABASTOS S.A. en Liquidación, deberá concluir en un plazo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, término que podrá ser prorrogado por un (1) año por el Gobierno nacional mediante decreto