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Sábado, 10 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Se trata de la ponencia para segundo debate del proyecto de ley por el cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021. El presente texto fue aprobado sin modificación y pasa a Sanción Presidencial.

A través del acto administrativo el ICA suspende los efectos jurídicos de la Resolución 17334 de 2019 por un periodo de seis (6) meses en lo relacionado con el plan de bioseguridad y vigilancia fitosanitaria para la Marchitez por Fusarium en predios de producción de plátano y banano registrados ante el ICA para la exportación en fresco.

La iniciativa presentada por el ICA establecería que una vez verificada la viabilidad de la exportación por parte del ICA, el interesado deberá enviar con 30 días calendario de anticipación la solicitud formal de la exportación al correo electrónico de la Dirección Técnica de Cuarentena animal (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.),

A través de una circular dirigida a los intermediarios financieros, FINAGRO comunicó que se modifica el numeral 2 del Capítulo Quinto del Título Primero “Microcrédito Agropecuario y Rural” y el numeral 5 del Anexo I.II “Crédito Agropecuario y Rural – Condiciones Financieras DTF e IBR” del Manual de Servicios de FINAGRO,


En el marco de las funciones y competencias que la ley asigna a las corporaciones autónomas regionales, se encuentran las que le corresponden como máxima autoridad ambiental en su jurisdicción, de lo que se deriva el ejercicio de la evaluación, control y seguimiento en todo lo relacionado con el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables