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Miércoles, 08 Julio 2026

Edición 1675 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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A través de la 00-000164-2021 emitida por SuperSociedades, se modifica la resolución 100-006429 de 20 de octubre de 2020, que creó el Equipo Técnico de Arquitectura Empresarial, específicamente, en lo que tiene que ver con los miembros que conforman dicho comité.

Mediante la 100-000163-2021 la CREG modifico la resolución 00-006428 de 20 de octubre de 2020 que adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), se creó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Sociedades y se estableció el reglamento para su funcionamiento.

El proyecto presentado por el MinComercio buscaría establece, en primer lugar, que, la causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha se verificará por parte de los administradores sociales, al momento de elaborar los estados financieros de propósito general al cierre del ejercicio.

El proyecto de norma establece que “las asambleas o juntas de socios ordinarias de las que trata el artículo 422 del Código de Comercio, correspondientes al cierre del ejercicio contable del año 2019, se deberán llevar a cabo a más tardar el 30 de marzo de 2021. Si llegada tal fecha la reunión no fuere convocada, los asociados se podrán reunir

Para la Sala, la Circular Externa de 24 de abril de 2020-100-000008, expedida por la Superintendencia de Sociedades en la que se indicó la modificación de los plazos para la presentación de los estados financieros y otros informes del año 2019, no desarrolló un decreto legislativo y se ocupó de modificar plazos que habían sido establecidos en ejercicio de atribuciones ordinarias por el