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Miércoles, 12 Agosto 2026

Edición 1698 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Quedó dispuesto que, el Transportador está obligado a mantener la estabilidad operacional de su Sistema, de tal modo que garantice seguridad en sus instalaciones y en las instalaciones de los Agentes, así como el cumplimiento de los indicadores de calidad establecidos por la CREG. Las presiones en los Puntos de Salida serán establecidas en los Contratos, diferenciando la

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La UPME relacionó los comentarios recibidos sobre el proyecto al proyecto de Resolución “Por la cual se establecen las tarifas a cobrar para la expedición de certificados para acceder a incentivos tributarios en proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) y Gestión Eficiente de Energía (GEE).”

A través del concepto la CREG dispuso que, “entendemos que la Capacidad Efectiva Neta de un cogenerador con energía excedente, con o sin garantía de potencia, es la que se ajusta a la definición anterior de acuerdo con su capacidad nominal y las características del consumo propio de la respectiva planta y/o unidad de cogeneración.”