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Luego de que se archivara por vencimiento de términos la legislatura pasada (no alcanzó a ser debatido en cuarto debate), la senadora María del Rosario Guerra (Centro Democrático), presentó nuevamente, pero esta vez en la Cámara de Representantes, el proyecto de ley que pretende establecer que toda empresa que comercialice al público productos alimenticios, plaguicidas de uso domésticos, productos de aseo, y medicamentos nacionales o importados, deberá incluir en las etiquetas informativas, el sistema Braille, con el fin de que las personas con discapacidad visual (ciegas o con baja visión), adquieran los productos de acuerdo con sus necesidades

En palabras de la autora del proyecto de ley, la senadora María del Rosario Guerra (Centro Democrático), “este proyecto pretende ajustar la prestación del servicio a las condiciones actuales de las vías y a las necesidades de los usuarios de esta clase de transporte. Además, contribuye a la seguridad vial al reglamentar la desintegración obligatoria de los vehículos que no reúnan los requisitos técnicos de seguridad exigidos y a través de un programa de reposición. Por otro lado el proyecto permite que vehículos que hoy operan como servicio de Transporte Especial tengan la posibilidad de cambiarse al servicio de Transporte Automotor Mixto  (buses escalera, chivas, camionetas doble cabina, camperos, motocarros y lanchas). Se han planteado estrategias de subalimentación a los sistemas integrados de transporte, con el objetivo de continuar su fortalecimiento y permanencia en el tiempo. Esta integración del transporte mixto permitirá la llegada de nuevos pasajeros o usuarios, que se desplazan desde el sector rural e intermunicipal, hecho que adicionalmente atenderá las necesidades de estos sectores y ayudará a disminuir sus altos índices de pobreza”.

Según el articulado propuesto del proyecto de ley, el listado de personas beneficiarias de la Renta Básica será emitido por el Departamento Nacional de Planeación - DNP mediante acto administrativo de acuerdo con la definición de pobreza y vulnerabilidad establecida por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE y el Departamento Nacional de Planeación – DNP, la base de datos se construye a partir de la información que reposa en el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios – Sisbén.

El representante por Bogotá, Mauricio Andrés Toro (Alianza Verde) radicó nuevamente el  proyecto de ley “Por el cual se regulan los Servicios de Intercambio de Cripto activos ofrecidos a través de las Plataformas de Intercambio de Cripto activos, iniciativa que se había archivado por términos en la comisión Sexta del Senado la legislatura pasada. La iniciativa legislativa propone establecer un marco normativo y regulatorio en Colombia que pretende definir y regular los servicios de intercambio de cripto activos. “Esto con el fin de solventar un vacío jurídico alrededor de estas transacciones, que promueva mercados que se desarrollan a partir de la cuarta revolución industrial y que permita prevenir el uso malintencionado de estas transacciones digitales y la financiación de actividades ilícitas”, señala el congresista.

Garantizar un mínimo vital de acceso y uso a internet para los colombianos desde sus residencias y entidades públicas, atreves de las tecnologías desplegadas, conforme a los principios orientadores de la ley 1341 de 2009 y la ley 1978 de 2019 y de la sociedad de la información y del conocimiento. Promoviendo el acceso a los bienes colectivos del Estado para facilitar el acceso a trámites y servicios, la generación de aptitudes digitales en los ciudadanos, fomentando la calidad para maximizar el bienestar social de la población en un marco de igualdad que posibilite el desarrollo y la competitividad del sector de las telecomunicaciones.  Según el proyecto de ley, el mínimo vital de internet es la cantidad de señal mínima de consumo por redes inalámbricas, línea telefónica o conmutada, red digital, telefonía móvil, satelital, fibra óptica o coaxial, o similares utilizada en un mes por una familia para satisfacer necesidades básicas como el eficiente acceso a la información, la comunicación, el conocimiento, la interconexión y el trámite de servicios a través de la internet.

El representante Antioqueño, León Fredy Muñoz (Alianza Verde), ponen a consideración de la Comisión Séptima de la Cámara un proyecto de ley para modificar la jornada laboral de 48 a 36 horas, con el propósito de “generar un nuevo turno de trabajo, mejorar la productividad y la competitividad de la industria colombiana, brindar una mejor calidad de vida a los trabajadores colombianos y a sus familias y puedan emprender actividades educativas, de capacitación, lúdicas o compartir tiempo de calidad con las familias e incentivar los aportes al sistema general de seguridad social”.

El objeto del proyecto de ley de autoría del representante por el departamento del Tolima, Ricardo Ferro (Centro Democrático), es el de adicionar una causal de inhabilidad para participar en los procesos contractuales adelantados por las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, impuesta dicha inhabilidad a aquellas personas, ya sean naturales o jurídicas, que hayan sido declaradas responsables administrativamente por la violación del régimen de competencia, esto con el fin de combatir las prácticas de Acuerdos Anticompetitivos , en cualquier forma en que se presente.

El objeto de la presente ley es crear la licencia ambiental para la construcción o ampliación y operación de cementerios a fin de controlar la contaminación y proteger el ambiente y la salud de los seres vivos. La necesidad de la iniciativa legislativa se centra en que algunos cementerios pueden presentar algunas afectaciones ambientales tales como:  Contaminación de aguas superficiales y subterráneas debido a los procesos de lixiviados de sustancias orgánicas, como resultado de la inhumación de cadáveres o restos humanos y óseos y el vertimiento de agua contaminada con sustancias químicas proveniente de pesticidas y sustancias orgánicas, sobre todo con restos de flores. Contaminación atmosférica como resultado de la cremación de cadáveres,