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El objeto del proyecto de acto legislativo, es establecer el deber que tiene el Estado de proteger y promover el derecho a la vivienda digna de todos los ciudadanos, incluyendo el derecho al alojamiento si la vida o la salud corren peligro sin él.  Por otro lado, se propone que el déficit habitacional se incluya dentro de la agenda de salud pública.

La presente ley tiene por objeto modificar el pago de las nóminas de los servidores públicos, que prestan sus servicios en las Empresas Sociales del Estado E.S.E, del nivel Nacional, territorial y Distrital.

Esta ley tiene por objeto crear, regular y promover la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales cualquiera sea su modalidad, así como en las relaciones legales y/o reglamentarias, con el fin de garantizar que el empleador no transgreda los límites que deben existir entre la jornada laboral y los tiempos de descanso, licencias, permisos y/o vacaciones, ni aquellos de la intimidad personal y familiar del trabajador o servidor público.

La presente ley tiene como objeto modificar el Decreto 568 de 2020, por el cual se crea el impuesto solidario por el COVID-19, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica dispuesto en el Decreto Legislativo 417 de 2020”, a través de la implementación de tributos progresivos, equitativos y eficientes con la finalidad de ampliar el recaudo necesario para hacer frente a las consecuencias económicas derivadas de la pandemia del Covid-19 en Colombia.

La presente ley tiene por objeto modificar el Título IV de la Ley 1564 de 2012, referente a la insolvencia de persona natural no comerciante, a fin de establecer un régimen diferenciado con respecto a las empresas de economía solidaria y dictar otras disposiciones. Para los fines previstos en este título, se entenderá que la persona natural no comerciante podrá acogerse a los procedimientos de insolvencia cuando se encuentre en cesación de pagos.

El presente Proyecto de Ley tiene por objeto, modificar los artículos 88, 92 y adicionar un artículo al Código Extinción de Dominio. (Ley 1708 de 2014). Las modificaciones y adiciones, tienen como objeto implementar la figura de enajenación a favor de entidades territoriales, de los bienes inmuebles con extinción de dominio y los afectados con medidas cautelares dentro del proceso de extinción de dominio, para que estos puedan ser enajenados, incluso de manera temprana y directa a las entidades territoriales dentro de las cuales se encuentren ubicados los bienes.

Proyecto de ley autorizaría a la Asamblea del departamento del Meta para que ordene la emisión de la Estampilla Pro-Hospitales Públicos, Centros de Salud Públicos y Puestos de Salud Públicos del Meta, hasta por la suma de doscientos mil millones de pesos ($200.000.000.000.). Lo anterior, para la atención y dotación de elementos necesarios para la adecuada atención de pacientes con COVID-19, como ventiladores y camas UCI o cualquier otro tipo de instrumento o recurso médico necesario

La presente ley tiene por objeto establecer lineamientos generales para la racionalización del trámite de convalidación de títulos, con el fin de hacerlo más ágil, simple y eficiente. Los sujetos obligados en el marco de la presente ley serán el Ministerio de Educación Nacional y las entidades vinculadas o adscritas a este ministerio, y aquellas relacionadas con la convalidación de títulos