La Entidad, en consideración a la eventual adopción de algunas de las medidas transitorias propuestas en el Proyecto de Resolución mencionados en esta circular, realizó una modificación al Anexo que contiene el cronograma inicialmente publicado, para que los plazos establecidos permitan la aplicación efectiva de las medidas transitorias que se adopten.
En el anexo de esta circular se publican los parámetros declarados por SANTA FE ENERGY ZOMAC S.A.S. E.S.P., y los índices IMM y TCR para la verificación de la EDAPTM para los meses de junio de 2023 a noviembre de 2023 de la planta TERMOCENTRO CC (TRM1).
CREG amplió el plazo para presentar comentarios al Proyecto de Resolución CREG 701 008 de 2023, que busca establecer reglas de carácter general que mitiguen los conflictos de intereses que pueden derivarse de la integración vertical de actividades en la cadena de prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica, hasta el día 4 de agosto de 2023. Los interesados podrán dirigir sus comentarios a la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con el asunto: “Comentarios al proyecto Reglas generales de integración vertical en la cadena de prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica”.
Se solicitó a los destinatarios de esta circular el diligenciamiento del formato Excel que se adjunta. Las instrucciones para el adecuado diligenciamiento de la información se encuentran al interior del mencionado archivo, en la hoja “Instrucciones”. El formato diligenciado deberá ser enviado a más tardar el 10 de julio de 2023, al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con copia a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. utilizando como asunto: “Información empresas cadena GLP”.
El documento técnico de la estructura de precios de gasolina motor corriente y ACPM-Diésel, así como de sus respectivas mezclas con biocombustibles y el de precios de referencia por ciudades, se anexan a la presente circular y pueden ser consultados en el siguiente enlace: https://bit.ly/3NBL5YA.
La información deberá ser enviada a los buzones de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. a más tardar el 4 de julio de 2023. CREG publicó circular sobre la información de compartición de infraestructura, dirigida a operadores de red y transmisores nacionales del SIN.
Los distribuidores mayoristas de combustibles líquidos derivados del petróleo deberán reportar la información correspondiente a los acuerdos para la comercialización de combustibles líquidos con fecha límite julio 11 de 2023. La información solicitada en la Circular 045 de 2023 debe ser enviada al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., incluyendo la solicitada en el archivo “Formato_acuerdos_comerciales.xlsx”, adjunto a la citada Circular.
“La CREG entiende que el 24 de agosto de 2023 es la fecha límite para la declaración de parámetros de acuerdo con el citado cronograma de la subasta 2027-2028, y por tanto la información para el cálculo del IHF debe corresponder a aquella disponible al 31 de julio de 2023, último día del mes anterior al cálculo y declaración del parámetro. En tal sentido, la fecha límite de declaración de parámetros establece un plazo suficiente para el cálculo y declaración del IHF con la información requerida”.