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La Agencia Nacional de Minería (ANM) amplió el cronograma de la etapa de evaluación de subsanaciones dentro del proceso de habilitación de Operadores Tecnológicos de Trazabilidad de Minerales (OTTM), con el propósito de revisar integralmente los documentos corregidos y garantizar la transparencia del procedimiento. La entidad informó que la revisión de las solicitudes subsanadas se extenderá del 20 de mayo al 23 de junio de 2026, mientras que la publicación de resultados quedó programada para el 24 de junio y la recepción de observaciones para el 25 de junio. Posteriormente, las respuestas a observaciones y los resultados definitivos de la etapa jurídica, financiera y técnica se divulgarán el 8 de julio. El cronograma prevé además verificaciones y pruebas técnicas entre julio y septiembre, y fija para el 16 de octubre de 2026 la entrega oficial del listado de OTTM habilitados.

El Ministerio de Ambiente precisó la interpretación del Decreto 1076 de 2015, despejando dudas acerca del trámite de permisos de emisiones fugitivas o dispersas en explotaciones mineras a cielo abierto. La cartera ambiental enfatiza que, si bien una licencia ambiental existente podría requerir modificación para incluir un permiso de emisión atmosférica ante nuevos impactos o solicitudes del titular, la opción de tramitarlo "de forma separada" está reservada para actividades que, aunque no estén sujetas a licenciamiento ambiental global, demandan un control específico de emisiones. Esta interpretación busca evitar la fragmentación o duplicidad de instrumentos de control para proyectos ya licenciados. Las Corporaciones Autónomas Regionales deberán evaluar cada caso para determinar la viabilidad técnica y jurídica de una modificación.

El Ministerio de Ambiente indicó que el Plan de Manejo de Recuperación y Restauración Ambiental (PMRRA) es el instrumento ambiental aplicable para el cierre definitivo de títulos mineros vencidos ubicados en áreas no compatibles con la minería, conforme al artículo 61 de la Ley 99 de 1993 y las Resoluciones 2001 de 2016 y 1449 de 2018. El PMRRA debe contener componentes técnicos y establecer un plazo máximo de cinco años, ampliable solo por razones técnicas justificadas. Se insiste en la obligación de constituir garantías financieras para cubrir la restauración ambiental. Respecto a la comercialización de materiales extraídos durante labores de cierre y recuperación, el Ministerio aclara que esta no está autorizada sin el cumplimiento previo de normativas mineras y ambientales, incluyendo la verificación del respectivo RUCOM ante la Agencia Nacional de Minería. El incumplimiento conlleva sanciones administrativas y penales. Este pronunciamiento enfatiza el carácter integral y riguroso del PMRRA como herramienta para asegurar la restauración ambiental y el cumplimiento normativo en zonas mineras no compatibles.

La UPME extendió por un mes el plazo para que los desarrolladores de proyectos de generación y transmisión de energía eléctrica presenten la información requerida para identificar zonas geográficas donde se superponen estos proyectos con iniciativas del sector minero. Esta medida responde a las dificultades encontradas en el reporte inicial y busca apoyar la correcta aplicación de la metodología establecida en la Circular 037 de 2026. El nuevo plazo vence el 22 de junio de 2026. La documentación y anexos están disponibles en el micrositio de Sistema de Información Geográfica de la UPME, y se habilitó un canal institucional para consultas. Esta ampliación pretende garantizar la integralidad y actualización de la información, facilitando la coexistencia ordenada entre proyectos energéticos y mineros en Colombia.

La ANM recordó a los explotadores mineros actualizar sus datos en el Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM) antes del próximo 31 de mayo de 2026. La autoridad minera advirtió que este plazo es definitivo y no habrá prórrogas, por lo que quienes no realicen el trámite a tiempo quedarán suspendidos de la plataforma de forma automática. Esta medida busca garantizar la legalidad, la transparencia y el control en la comercialización de minerales en el territorio nacional. La ANM instó a los mineros autorizados a utilizar los canales virtuales habilitados para evitar sanciones, el bloqueo de sus operaciones comerciales y aglomeraciones de última hora.