a UPME socializó la Guía Técnica de Implementación del Sistema de Interoperabilidad para la Electromovilidad (SIEM), con la que define las reglas para conectar la infraestructura de carga de vehículos eléctricos en Colombia bajo un estándar común. La guía adopta el protocolo internacional OCPI 2.2.1 y establece lineamientos para que los Operadores de Puntos de Carga (CPO) y los Proveedores de Servicios de Movilidad (MSP) intercambien información de forma segura, automática y con un mismo lenguaje tecnológico. El sistema permitirá integrar datos sobre ubicación, disponibilidad, tipos de conectores y condiciones de uso de los puntos de carga, facilitando la interoperabilidad entre operadores, aplicaciones y prestadores del servicio. Según la UPME, el SIEM también aportará información estratégica para orientar inversiones y fortalecer el crecimiento ordenado de la movilidad eléctrica en el país.
La CRA precisó que la prestación de los servicios públicos domiciliarios, incluida la actividad de aprovechamiento dentro del servicio de aseo, tiene carácter oneroso y debe sujetarse al régimen tarifario previsto en la Ley 142 de 1994, por lo que no procede la gratuidad ni el cobro por debajo de los costos del servicio. La entidad recordó que los prestadores de aprovechamiento no requieren permiso previo para operar, pero sí deben cumplir la normatividad vigente, registrarse ante la SSPD y reportar la información correspondiente en el SUI. Asimismo, aclaró que, cuando la actividad de aprovechamiento se presta conforme al Decreto 1077 de 2015 y se reporta debidamente, hay lugar al reconocimiento del pago vía tarifa, cuyo recaudo y traslado corresponde al prestador de recolección y transporte de residuos no aprovechables.
El Ministerio de Minas y Energía informó que la primera convocatoria nacional de pruebas piloto de hidrógeno de bajas emisiones recibió 77 iniciativas presentadas por empresas, universidades, entidades públicas, centros de investigación y organizaciones técnicas del país. Las propuestas abarcan proyectos de movilidad y transporte, producción e integración energética, generación eléctrica, infraestructura, industria y usos domésticos y comunitarios, evidenciando el creciente interés por este energético y sus aplicaciones tecnológicas. Según la cartera, el ejercicio permitirá identificar capacidades, niveles de madurez tecnológica y oportunidades de articulación entre producción, infraestructura y usos finales, aportando insumos para futuras decisiones regulatorias y de política pública orientadas a fortalecer el desarrollo del hidrógeno de bajas emisiones y la transición energética en Colombia.
La SSPD precisó que la prestación efectiva del servicio de alcantarillado trasciende la mera existencia de infraestructura. No basta con una red física; se requiere un sistema funcional de recolección, transporte y tratamiento adecuado de aguas residuales, conforme a estándares técnicos, operativos y ambientales.
El Ministerio de Ambiente emitió un concepto sobre la modificación de los Planes de Manejo Ambiental (PMA) para incorporar permisos, concesiones y autorizaciones ambientales. La cartera precisó que los titulares de un PMA, antes del vencimiento de sus permisos, pueden optar por solicitar su prórroga ante la autoridad ambiental regional que los otorgó o tramitar la modificación del PMA ante la autoridad competente —como la ANLA, cuando corresponda— para integrarlos al instrumento ambiental, aplicando las reglas previstas para la modificación de licencias ambientales. El Ministerio subrayó que esta incorporación es facultativa y no constituye una obligación para los titulares del PMA. Asimismo, aclaró que los eventos de fuerza mayor que impidan la realización de estudios de campo deben informarse oportunamente a la autoridad ambiental, a fin de que adopte las decisiones correspondientes, y reiteró que en el marco de un PMA no procede la complementación de un Estudio de Impacto Ambiental.