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Conceptos (193)

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en ejercicio de la función de abogacía de la competencia, concluyó que el proyecto del Ministerio de Minas y Energía para establecer un mecanismo de medición del déficit de oferta nacional de alcohol carburante resulta, en términos generales, compatible con la libre competencia. La entidad destacó que la iniciativa busca garantizar el abastecimiento interno mediante criterios objetivos para identificar eventuales faltantes de producción y habilitar medidas que permitan cubrirlos oportunamente. En su análisis, la SIC consideró que la metodología propuesta aporta transparencia y predictibilidad al mercado, al definir parámetros claros para determinar cuándo existe un déficit. No obstante, recomendó que los indicadores y fuentes de información utilizados sean verificables, actualizados y suficientes para evitar distorsiones competitivas o ventajas indebidas entre agentes del sector. Asimismo, resaltó la importancia de que cualquier intervención derivada de la declaratoria de déficit sea proporcional, técnicamente sustentada y orientada exclusivamente a asegurar el suministro, sin generar restricciones innecesarias a la competencia.
La SIC a través de concepto de abogacía de la competencia, concluyó que el proyecto regulatorio de la CREG para crear un programa permanente de participación activa de la demanda en la bolsa de energía contiene elementos que favorecen la libre competencia y la eficiencia del mercado eléctrico. La entidad destacó que el mecanismo, inspirado en una experiencia piloto implementada en 2024, permite que los usuarios participen voluntariamente ofreciendo reducciones de consumo, directamente o mediante representantes, sin afectar su libertad de elegir comercializador. Según la SIC, esta herramienta introduce una fuente adicional de flexibilidad que puede competir con opciones de generación más costosas y contribuir a una asignación más eficiente de los recursos del sistema. No obstante, advirtió que la efectividad del esquema dependerá de que la metodología utilizada para calcular la línea base de consumo refleje adecuadamente las condiciones actuales del mercado. Por ello, recomendó a la CREG verificar, con información reciente y distintos perfiles de usuarios, que dicho método permita medir correctamente las reducciones reales de demanda y no genere incentivos distorsionados o barreras para la participación.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en ejercicio de la función de abogacía de la competencia, concluyó que el proyecto de resolución de la CREG que reglamenta el mecanismo de contratación de energía eléctrica a largo plazo convocado por el Ministerio de Minas y Energía es, en términos generales, compatible con la libre competencia. El análisis se concentró en tres aspectos: las condiciones de competencia de las subastas, las garantías de puesta en operación de los proyectos adjudicados y el traslado de ciertos costos a los usuarios regulados. La entidad consideró razonable mantener el límite según el cual ningún vendedor puede concentrar más del 40 % de la energía ofertada en cada subasta, por reducir riesgos de dominancia y favorecer la pluralidad de oferentes. También avaló la nueva metodología para reconocer los costos financieros de las garantías, al estimar que evita barreras de entrada y remunera costos eficientes y verificables. No obstante, advirtió que el esquema multiproducto permite que un mismo agente acumule altas participaciones en varias subastas sin que ello sea detectado por el indicador actual, por lo que recomendó a la CREG exigir al auditor reportes sobre la participación agregada de los adjudicatarios para fortalecer el monitoreo de la concentración en el mercado.

La SIC mediante concepto de abogacía de la competencia, analizó el proyecto regulatorio del Ministerio de Transporte que establece las características técnicas de la infraestructura tecnológica para el Sistema de Control y Vigilancia en los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE). Reconoce la necesidad de modernizar la supervisión del sector y fortalecer la seguridad vial, pero señala que algunos requisitos técnicos del proyecto podrían generar barreras de entrada al elevar costos y limitar la participación de nuevos proveedores tecnológicos, afectando la competencia. La SIC recomienda que el regulador justifique de manera más detallada la necesidad y proporción de estas exigencias, explore alternativas menos restrictivas y ajuste los plazos de implementación para garantizar un balance adecuado entre control estatal y dinámica competitiva en el mercado de tecnologías para los CALE.

 La SIC emitió un concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de decreto del Ministerio de Vivienda. El organismo técnico avaló las medidas regulatorias que buscan unificar el tope de la Vivienda de Interes Social (VIS) en 135 salarios mínimos, eliminando el régimen excepcional de 150 salarios mínimos en aglomeraciones urbanas. La SIC destacó como un avance clave para la transparencia que los precios de los inmuebles se tasen obligatoriamente en pesos colombianos desde la preventa y no en salarios mínimos , eliminando así la incertidumbre financiera para los hogares vulnerables. Adicionalmente, el ente asumirá facultades de inspección y vigilancia para asegurar la protección al consumidor. 

La SIC emitió un concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de resolución que regula los componentes sintéticos de mezcla (SBC) y combustibles de aviación semisintéticos. Aunque la autoridad determinó que los requisitos de habilitación previos son proporcionales a los riesgos técnicos del sector, objetó la restricción que limita la distribución de SBC exclusivamente a productores, refinadores y mayoristas autorizados. Al excluir de este acceso a agentes como distribuidores minoristas, la norma generaría un trato diferenciado injustificado. La entidad recomendó al Ministerio ajustar la regla bajo un criterio funcional, permitiendo la distribución a cualquier actor que certifique la capacidad técnica verificable para garantizar la calidad y seguridad del producto.

La SIC publicó un concepto de abogacía de la competencia respecto al proyecto de decreto liderado por la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF). El proyecto busca modificar el Decreto 2555 de 2010 para reglamentar el derecho gratuito de los usuarios a trasladar sus productos financieros entre entidades vigiladas. Aunque la SIC valoró positivamente la iniciativa por reducir costos y promover la libre competencia, recomendó profundizar las justificaciones técnicas, jurídicas y económicas del proyecto. Esto se debe a que la norma impone tratos diferenciados al incluir carteras de consumo, comercial e hipotecaria, pero excluye arbitrariamente productos de depósito, seguros, microcréditos y factoring.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) avaló en términos generales el proyecto del Ministerio de Ambiente que modifica el régimen de gestión integral de residuos peligrosos, al considerar que fortalece la trazabilidad, el control ambiental y la economía circular. Sin embargo, advirtió que las nuevas obligaciones técnicas, operativas y de información podrían generar costos adicionales para empresas, gestores, transportadores y laboratorios, especialmente por exigencias de ensayos, acreditaciones, infraestructura y mayores reportes. La entidad recomendó al MinAmbiente profundizar el análisis sobre el impacto económico y competitivo de estas medidas, así como justificar mejor los plazos de transición previstos para evitar barreras de entrada o afectaciones desproporcionadas en el mercado.

La SIC publicó concepto de abogacía de la competencia en el que analizó el proyecto de circular externa de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) que reglamenta esquemas de garantía global para fondos que administran recursos públicos. Aunque identifica que la regulación introduce un trato diferenciado que beneficia a fondos vigilados con menores requisitos prudenciales, generando potenciales barreros para fondos privados, la SIC concluye que esta diferenciación está justificada por razones técnicas, prudenciales e institucionales. La medida busca preservar la estabilidad financiera y proteger recursos públicos, favoreciendo la inclusión crediticia sin restringir la actividad de actores privados, pese al riesgo de concentración y menor competencia.

La SIC emitió un concepto favorable sobre el proyecto de resolución de la CREG, que establece un procedimiento para normalizar plantas solares en el Sistema de Distribución Local (SDL) que pasaron a estado de pruebas por incumplimientos técnicos. El proyecto también ajusta las Resoluciones CREG 060 de 2019, 148 de 2021 y 101 011 de 2022, que regulan la conexión y operación de plantas solares y eólicas en el Sistema Interconectado Nacional (SIN), incluyendo criterios técnicos y etapas transitorias para su operación segura. La SIC destacó que el proyecto protege la competencia al evitar la salida de agentes confiables y promueve la seguridad y calidad del servicio, recomendando monitorear la situación en plantas térmicas e hidráulicas para iguales efectos.