Para la Sala, el hecho de que el decreto 1167 de 11 de julio de 2018, expedido por el presidente de la República, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Agricultura "Por el cual se modifica el artículo 2.15.1.1.16 del Decreto 1071 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario-, relacionado con las zonas microfocalizadas”,
El Consejo de Estado negó la medida de suspensión provisional de la Resolución No. 4555 de 23 de octubre de 2017 “Por la cual se autoriza a la sociedad COSMOCOLOR S.A. DE C.V. representada en Colombia por la sociedad COSMO ID SAS, como proveedora de tarjetas preimpresas para licencias de Conducción y de Tránsito, Tarjetas de Registro de Maquinaria Agrícola,
La Sala reitera que en los casos en los cuales una marca o signo reproduzca elementos de otra marca, para que esta sea registrable, debe tener una partícula que sea lo suficientemente distintiva y diferente de las marcas opositoras, a tal grado que le otorgue un matiz diferenciador y contundente, que la dote, por sí misma, de la suficiente carga semántica,
La Sala observa que la parte demandante presentó un dictamen pericial con el fin de desvirtuar el análisis de la parte demandada que la llevó a concluir que la solicitud de patente de invención no cumplía con los requisitos de patentabilidad; sin embargo,
Para la Sala, “según lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 166 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, los parámetros que se deben tener en cuenta para determinar si una marca ha sido usada o no de manera efectiva son: I) la cantidad del producto puesto en el mercado del modo en que normalmente corresponde con la naturaleza de los productos, y II) la cantidad del producto o servicio puesto en el mercado del modo en que
Para la Sala, en cuanto a los “canales de comercialización y medios de publicidad, no existe ninguna similitud, dado que los servicios comercializados por las marcas TCC corresponden a servicios relativos a la gestión de paquetería y de mensajería, mientras que los servicios y los productos comercializados por las marcas TCS no tienen esta finalidad por lo que se puede
Para la Sala, el presente proceso tiene cuantía, por cuanto las actoras pretenden que se les reconozca el pago de diecisiete (17) y/o veintisiete (27) salarios mínimos legales mensuales vigentes como indemnización por ser víctimas de desplazamiento forzado.
La solicitud de licencia de urbanismo fue negada porque, de conformidad con el Acuerdo 012 de 2007, el predio se encuentra en suelo rural zona de protección. De manera que la nulidad de acto que negó la licencia de urbanismo, procede porque fue expedido
La Sala indicó que entre el barrio el Diamante y la urbanización Altos de la Capilla del Municipio de Dosquebradas (Risaralda), se encuentra la quebrada La Soledad la cual está siendo grave y altamente contaminada. En el asunto presente asunto, advierte que los hechos objeto de la presente acción, en esencia, se originaron en la falta de obras de infraestructura tendientes a la
El Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional de la Resolución No. 2651 de 31 de julio de 2015, por la cual se autoriza a la empresa VALID COLOMBIA, proveedora de tarjetas preimpresas para Licencias de Conducción y de Tránsito, Tarjetas de Registro de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada,