artículos 13 y 29 de la Constitución Política y 40 del CPACA: (a) al haber realizado visita al lugar de ejecución del proyecto de construcción y operación del relleno sanitario sin haber puesto dicha determinación en conocimiento de la totalidad de los sujetos procesales reconocidos en el trámite licenciatorio La sala decreta la suspensión provisional de la Resolución N.° 00363 de 13 de marzo de 2018, mediante la cual la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA- revocó la Resolución N.º 2364 de 31 de agosto de 2017 expedida por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca –CAR-, y, en su lugar, otorgó en favor de la sociedad comercial Parque Ecológico Praderas del Antelio S.A. E.S.P., licencia ambiental para ejecutar el proyecto denominado “Relleno Sanitario Parque Ecológico Praderas del Antelio” en la Vereda Fute del municipio de Bojacá.