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Concepto de la CRA sobre la estimación del CMA para las empresas de acueducto y alcantarillado

Escrito por  Abr 20, 2021

El concepto estableció que cuando las personas prestadoras pertenecientes al primer segmento soporten el cumplimiento de las metas anuales proyectadas en micromedición y continuidad,

podrán recalcular cada dos (2) años los costos económicos de referencia con la información completa del año inmediatamente anterior y aplicarlos directamente.  Por otra parte, si es prestador del segundo segmento, la estimación del CMA puede realizarse utilizando la fórmula establecida para los prestadores del primer segmento explicada anteriormente, o fijando un valor que se encuentre dentro del rango definido en el artículo 255 de la Resolución CRA 825 de 2017 (rango inferior de $6.655 suscriptor/mes y rango superior de $10.206 suscriptor/mes); en esta segunda opción el prestador puede aplicar un valor que considere para el CMA siempre y cuando el valor esté dentro del rango antes reseñado.

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