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SSPD: prestadores de servicios pueden promover la constitución de servidumbres para garantizar el suministro del servicio

Escrito por  Jun 04, 2020

Los prestadores de servicios públicos domiciliarios y sus actividades complementarias podrán promover la constitución de servidumbres o la enajenación forzosa de los bienes que requieran para garantizar su adecuado suministro, a la vez que declara como de utilidad pública e interés social, la ejecución de obras para prestar los servicios públicos y la adquisición de espacios suficientes para garantizar la protección de las instalaciones respectivas.

En el caso de servidumbres y/o enajenación de predios libremente acordadas, la empresa y el propietario del respectivo inmueble deberán establecer los términos de realización del correspondiente negocio jurídico en un contrato que coste en una escritura pública, que deberá ser inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondientes, para efectos de la publicidad del gravamen acordado o del cambio de titularidad del bien, ante su enajenación. De no es posible acordar los términos en que se establecerá una servidumbre, ni el precio y condiciones de un contrato de compraventa de bien inmueble, el prestador interesado podrá promover el proceso judicial de constitución de servidumbre o enajenación forzada del bien, ante la jurisdicción civil ordinaria.

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