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Consejo de Estado analizó la vigencia de las franquicias arancelarias para el sector de hidrocarburos

Escrito por  Mar 18, 2021

Para la Sala, el artículo 9.º del Decreto 255 de 1992, mantuvo la exención de gravámenes arancelarios otorgada a las importaciones de «maquinaria, equipos técnicos, sus accesorios, materiales y repuestos destinados a la exploración de minas o a la exploración de petróleo». Ahora bien, la Comunidad Andina, mediante los artículos 1.º y 2.º de la Resolución 880, del 2 de diciembre de 2004, autorizó al Gobierno de

Colombia para que otorgara franquicias arancelarias para el sector de hidrocarburos, durante 5 años desde la entrada en vigencia de esa norma, pero respecto del listado de subpartidas NANDINA que previamente solicitó el Gobierno colombiano para que fueran cobijadas con la exención, dentro de las cuales no se encuentra la subpartida 7304.23.00 con la que la actora presentó sus declaraciones de importación.

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Modificado por última vez en Jueves, 18 Marzo 2021 12:15