Es impórtate aclara que, La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios no concede permisos de constitución o funcionamiento prestadoras de servicios públicos. No obstante, una vez inscrita una empresa de servicios públicos en el registro reportar el inicio de sus actividades a esta Superintendencia y a la comisión de regulación respectiva, para que puedan funciones.