A juicio de la corporación judicial, esta medida pretende precisar que las medidas de reconexión del servicio y las directrices impartidas a las empresas y a las autoridades locales no implican la gratuidad del servicio, lo que indica que no es una medida con contenido general, abstracto y dirigido a un número de actores no determinado, que son las características que se exigen para activar el control automático.