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Mantenimiento de ciclorrutas que se encuentran en el área de zona de manejo y preservación ambiental de los corredores ecológicos de ronda

Escrito por  Jul 21, 2020

Las ciclorutas que se encuentra en el espacio público han sido integradas al “Sistema de Movilidad” en sus componentes de Subsistema Vial y Subsistema de Transporte; y los Corredores ecológicos de ronda se integran EEP; y dentro de sus componentes no hacen parte la ciclorutas; diferente a que dentro de los usos permitidos en la zona de manejo y preservación ambiental se contemple las ciclorutas.

La planificación, administración y mantenimiento de los corredores ecológicos de ronda, bajo la coordinación de la autoridad ambiental recae en la EAAB, en términos del artículo 103 del Plan de Ordenamiento Territorial, por estar relacionado con la protección, conservación y recuperación

del recurso hídrico. las ciclorutas que se encuentra en los corredores ecológicos de ronda no pierden su naturaleza de corredor vial integrado al espacio público e integradas al sistema de movilidad, y por ello, el mantenimiento de la malla vial arterial (principal, complementaria e intermedia), le corresponde al Instituto de Desarrollo Urbano. 

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Modificado por última vez en Miércoles, 17 Febrero 2021 10:01