Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Texto del decreto que modifica disposiciones sobre el diferimiento del ingreso en los fondos cuyas participaciones son negociadas en bolsa

Escrito por  Jul 22, 2020

A través del acto administrativo se establece que, el diferimiento del ingreso es aplicable a partir de la fecha en la cual se inscriban las participaciones del fondo de capital privado o de inversión colectiva en una bolsa de valores sometida a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, previa inscripción de dicho fondo en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE). 

 El beneficio del diferimiento del ingreso se mantendrá siempre y cuando se cumpla con las obligaciones que se deriven de las inscripciones en una bolsa de valores sometida a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia y en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE), y las participaciones del fondo de capital privado o de inversión colectiva sean negociadas a través de una bolsa de valores sometida a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.

Descargar documento