El Consejo de Estado estudió una demanda presentada contra Ecopetrol, O.D.C. y Ocensa, por los daños que, según la parte actora, sufrió un predio como consecuencia de la falta de mantenimiento de la infraestructura y obras asociadas a las servidumbres de oleoducto y tránsito. La Sala analizó el alcance de los contratos de transacción suscritos entre las partes y precisó que estos pueden extinguir obligaciones y definir de manera definitiva derechos e intereses patrimoniales cuando cumplen los requisitos legales. Sin embargo, confirmó la decisión que negó las pretensiones, al concluir que no se probó que las afectaciones del inmueble fueran atribuibles a la falta de mantenimiento de la infraestructura vinculada a las servidumbres, ni que estuviera acreditada la afectación patrimonial alegada en la demanda.