La CRA aclaró que la aplicación del marco tarifario no depende únicamente de listados de referencia, sino de un criterio objetivo y dinámico: el número actualizado de suscriptores. La entidad precisó que los anexos de segmentación son indicativos y no obligatorios, por lo que debe verificarse el umbral de 5.000 usuarios para definir el régimen aplicable. Además, reiteró que sus conceptos tienen carácter general y no vinculante, y que la verificación concreta corresponde a la autoridad de vigilancia. Estas precisiones buscan unificar criterios y garantizar una aplicación técnica y consistente de la regulación.