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Consejo de Estado reiteró la legalidad del acto que reglamentó los Comités Técnico-Científicos y el recobro al Fosyga por medicamentos no POS y de fallos de tutela

Escrito por  Feb 24, 2026

El Consejo de Estado examinó la legalidad de la Resolución 3797 de 2004, expedida por el entonces Ministerio de Salud, que reglamentó el funcionamiento de los Comités Técnico-Científicos y fijó el procedimiento para el recobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) por medicamentos no incluidos en el POS y por órdenes derivadas de fallos de tutela. La Sala analizó si el ministerio desbordó su potestad reglamentaria al establecer requisitos y condiciones para el reconocimiento y pago de esos recobros. Concluyó que la entidad sí tenía competencia para desarrollar operativamente el sistema y definir mecanismos de control, verificación y trámite, en aras de proteger los recursos públicos del sistema de salud.

El Alto Tribunal explicó que la regulación de los Comités Técnico-Científicos y del procedimiento de recobro no implicó modificar el Plan Obligatorio de Salud ni restringir derechos fundamentales, sino organizar la forma en que las EPS podían solicitar el reembolso de servicios y medicamentos no cubiertos. En ese sentido, consideró que la resolución se ajustó al marco legal vigente y respondió a la necesidad de garantizar sostenibilidad financiera y transparencia en el manejo de los recursos del sistema.

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Modificado por última vez en Lunes, 23 Febrero 2026 20:22