La Superintendencia de Sociedades precisa que el factoring sin recurso es una operación donde el factor adquiere y asume el riesgo de cobranza de los derechos de crédito, liberando al cedente de responsabilidad. En el factoring, la esencia es la transferencia de dichos derechos al factor. Por el contrario, el contrato de corretaje de factoring es una actividad conexa donde un intermediario solo pone en contacto a las partes para que celebren una operación de factoring, sin que se le transfieran los derechos de crédito ni asuma riesgos, limitando su labor al acercamiento. Ambos contratos poseen identidad legal independiente.