Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

ANM reitera principios de coordinación y concurrencia para dirimir conflictos entre títulos mineros de utilidad pública y el cambio de uso del suelo

Escrito por  Dic 10, 2025

La ANM explicó aspectos sobre el conflicto de usos del suelo (minero vs. residencial) generado cuando un municipio incorpora al perímetro urbano predios con título minero y licencia ambiental vigentes. Se reitera que el Estado es dueño del subsuelo, y la industria minera es de utilidad pública. Las entidades territoriales no tienen competencia absoluta para vetar la explotación. Si el título minero fue otorgado conforme a la ley, y el municipio cambia posteriormente el uso del suelo, prevalece la actividad minera, ya que las autoridades locales deben sujetarse a la información geológico-minera disponible y aplicar los principios de coordinación y concurrencia. La instalación de una planta de asfalto y obras de infraestructura ligadas al acopio y beneficio se consideran actividades conexas al proyecto minero. No obstante, si la autoridad ambiental determina una incompatibilidad, le corresponderá pronunciarse sobre la Licencia Ambiental, pudiendo considerarse la compensación al titular.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Martes, 09 Diciembre 2025 21:17