En un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, se impugnó un mandamiento de pago expedido por la Policía Nacional en un proceso de cobro administrativo coactivo, por la presunta indebida notificación y cobro total de costas que corresponderían parcialmente. El Consejo de Estado aclaró, según el Acuerdo No. 80 de 2019, que los procesos relacionados con cobro coactivo deben ser conocidos por la Sección Cuarta, debido a la naturaleza del acto administrativo. Por ello, resolvió remitir el expediente desde la Sección Tercera a la Sección Cuarta para su estudio y decisión pertinente, atendiendo a la especialización y jurisprudencia al respecto.