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DIAN aclara alcance de las expresiones “valor bruto” y “libre de impuestos” en títulos ejecutivos

Escrito por  Jun 05, 2026

La DIAN aclaró que cuando un título ejecutivo establece una suma de dinero como "bruta" pero luego indica que está "libre de impuestos o retenciones", el pago debe efectuarse por el valor bruto. La entidad subraya que las obligaciones fiscales en títulos ejecutivos deben ser claras, exigibles y expresas [T2, punto 4]. Según la interpretación legal, un valor bruto incluye todos sus ítems y componentes, conforme al sentido natural de la palabra, y esto prevalece incluso si existen estipulaciones adicionales en sentencias que sugieran lo contrario. Este concepto busca garantizar la claridad en la recaudación de los montos totales establecidos en dichos documentos.

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Modificado por última vez en Jueves, 04 Junio 2026 17:18