esta resolución.
A través del concepto 220-239037-2020, emitido por la Superintendencia de Sociedades, se alude al artículo 2° de la Resolución 100-006261-2020 expedida por la Entidad, en la que se estableció el término con el que cuentan las sociedades obligadas, para adoptar los Programas de Transparencia y Ética empresarial. La Entidad hace precisiones respecto a la aplicación de
esta resolución.