La medición del consumo en el servicio de acueducto debe realizarse con medidores que cuenten con aprobación metrológica y cumplan con las condiciones técnicas mínimas establecidas por el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El prestador puede definir el tipo de medidor, pero debe garantizar su confiabilidad y precisión. Los medidores tienen un periodo de garantía mínimo de tres años, durante el cual reparaciones o reposiciones corren por cuenta del prestador. Los usuarios pueden adquirir medidores, siempre que cumplan con las especificaciones técnicas exigidas. Esta regulación busca asegurar mediciones precisas y confiables para la correcta facturación del servicio.