La Agencia de Desarrollo Rural (ADR) tiene la facultad legal para la comercialización y distribución de productos agropecuarios provenientes de pequeños y medianos productores, según el Decreto 1071 de 2015 (Artículo 2.14.24.2) y el Decreto 780 de 2024 (Artículo 2.14.26.8.1). Estas normas facultan a la ADR para adoptar planes de fortalecimiento productivo, agro logística, agro comercialización, agro industrialización y mercadeo formulados por el Ministerio de Agricultura, y realizar compras directas de cosechas a campesinos y formas asociativas para garantizar el derecho a la alimentación. Esta función, de carácter económico y social, busca reducir intermediaciones, fortalecer la sostenibilidad agropecuaria, promover la inclusión del campesinado en los mercados y contribuir al desarrollo rural integral, en línea con el mandato constitucional y la política agropecuaria nacional.