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Consejo de Estado declaró válida elección de representantes de las ESAL en Corporinoquia al descartar vicios en recusaciones

Escrito por  Ago 06, 2025

El Consejo de Estado revocó la sentencia del Tribunal Administrativo de Casanare que anuló la elección de los representantes de las ESAL ante el Consejo Directivo de Corporinoquia porque concluyó que no eran aplicables los artículos 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011. Los postulados participaban como particulares y no como funcionarios en ejercicio, por lo que no estaban sujetos al régimen de recusaciones previsto en el CPACA. Además, las recusaciones no cuestionaban actuaciones administrativas, sino la postulación a la reelección, y fueron resueltas por el cuerpo electoral de las ESAL, competente para ello según la Resolución 862 de 2023 del Ministerio de Ambiente. No se probó que el trámite afectara la validez del proceso ni que se alterara el quórum o resultado de la elección. Por tanto, la Sala consideró que no hubo irregularidades que justificaran la nulidad y negó las pretensiones de la demanda.

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Modificado por última vez en Martes, 05 Agosto 2025 16:36