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CRA: cómo debe hacerse la indexación de tarifas del acueducto y alcantarillado cuando hay varios años sin actualizar

Escrito por  Jul 11, 2025

La indexación de las tarifas de acueducto y alcantarillado debe realizarse siguiendo la metodología establecida en la Resolución CRA 943 de 2021, en concordancia con el artículo 125 de la Ley 142 de 1994. Esta permite actualizar las tarifas aplicando la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC), siempre que la variación alcance al menos un 3 %. La actualización puede realizarse de forma acumulada, considerando todos los años pendientes sin indexar, o de forma voluntaria y con cierta autonomía por parte del prestador, quien puede acumular incrementos para aplicarlos posteriormente. No se contempla la aplicación parcial o gradual de la indexación por períodos individuales; por tanto, para mantener el poder adquisitivo, se debe aplicar la variación del IPC acumulada desde la última actualización hasta la fecha presente.

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Modificado por última vez en Jueves, 10 Julio 2025 13:35